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Reglamento de Control Sanitario de Productos y Servicios Reglamento de Control Sanitario de Productos y Servicios


Existencia Código: Reglamento de Contro

Reglamento de Control Sanitario de Productos y Servicios.

En Trámites Cofepris, nos enorgullece ser una firma de asesoramiento y gestión regulatoria especializada en diversos sectores. Nuestro equipo está compuesto por profesionales altamente capacitados en disciplinas como Biología, Química y Derecho, lo que nos permite ofrecer una visión integral en la gestión de trámites ante la autoridad sanitaria. 

Proporcionamos asesoría, orientación y gestión en una amplia gama de procedimientos necesarios para obtener los permisos requeridos por la Autoridad Sanitaria. Atendemos a sectores como profesionales de la salud, industrias farmacéuticas y comerciales, fabricantes e importadores de dispositivos médicos, así como sectores alimentarios, agroindustriales y de bebidas alcohólicas, entre otros.

Nuestro enfoque se basa en el estricto cumplimiento de la legalidad, ya que consideramos que las normas y disposiciones legales contienen de manera precisa los elementos, características y requisitos indispensables para la obtención exitosa de las gestiones ante la autoridad competente.

Si desea obtener más información sobre nuestros servicios y cómo podemos asistirle en sus trámites regulatorios, lo invitamos a ponerse en contacto con nosotros a través de nuestro sitio web tramitescofepris.com Estamos aquí para brindarle el apoyo necesario y garantizar que sus procesos se lleven a cabo de manera eficiente y conforme a la normativa vigente.



Reglamento de Control Sanitario de Productos y Servicios.

El Reglamento de Control Sanitario de Productos y Servicios es una disposición reglamentaria derivada de la Ley General de Salud en México, cuyo propósito es establecer los lineamientos sanitarios para la producción, importación, exportación, comercialización, y uso de productos y servicios que puedan representar un riesgo a la salud pública.

Ámbito de Aplicación

Este reglamento aplica a:

Productos de consumo humano: Alimentos, bebidas no alcohólicas, alcohólicas, suplementos alimenticios.

Productos de aseo, higiene personal y cosméticos.

Fertilizantes, plaguicidas, nutrientes vegetales.

Servicios: Servicios relacionados con la preparación, manejo, y venta de alimentos.

Servicios de publicidad y etiquetado para productos regulados.

Actividades específicas: Fabricación, almacenamiento, distribución, transporte, y venta de productos regulados.

Principales Disposiciones

Alimentos y Bebidas

Deben cumplir con los estándares de calidad sanitaria.

Prohibición del uso de aditivos no autorizados o dañinos.

Uso de etiquetado que informe claramente sobre ingredientes, contenido nutrimental, alérgenos, y fecha de caducidad.

Cosméticos y Productos de Higiene

No deben contener sustancias prohibidas o que representen riesgos para la salud.

Etiquetado que indique claramente el modo de uso y advertencias.

Obligación de pruebas de estabilidad y seguridad.

Plaguicidas y Fertilizantes

Uso restringido de ingredientes activos que puedan ser tóxicos.

Registro sanitario obligatorio para su comercialización.

Almacenamiento y transporte bajo condiciones específicas para evitar riesgos ambientales y sanitarios.

Publicidad: Regulación de mensajes publicitarios que puedan inducir al error o promover el uso indebido de productos.

Prohibición de hacer afirmaciones no respaldadas científicamente.

Requisitos Generales

Registro Sanitario: Obligatorio para productos como medicamentos, dispositivos médicos, plaguicidas, fertilizantes, y suplementos alimenticios.

Etiquetado Sanitario: Debe cumplir con las Normas Oficiales Mexicanas (NOM) específicas.

Buenas Prácticas de Fabricación (BPF): Los fabricantes deben cumplir con estándares de producción que garanticen la inocuidad y calidad de los productos.

Autorización de Funcionamiento: Los establecimientos que producen, almacenan, o comercializan productos regulados deben contar con un aviso o licencia sanitaria.

Normas Relacionadas

El reglamento está respaldado por diversas Normas Oficiales Mexicanas (NOM), como:

NOM-051-SCFI/SSA1-2010: Especificaciones de etiquetado para alimentos y bebidas no alcohólicas pre envasados.

NOM-073-SSA1-2015: Requisitos de estabilidad para medicamentos.

NOM-141-SSA1/SCFI-2012: Especificaciones de etiquetado para cosméticos.

Dónde Consultarlo

El Reglamento completo puede consultarse en el portal oficial de COFEPRIS o a través del Diario Oficial de la Federación (DOF). También es posible acceder al documento actualizado en las oficinas de COFEPRIS o en su sitio web.

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